Apresentação



O presente blog foi criado em Janeiro de 2005. Está em actualização permanente, tal como o seu autor, que decidiu agora regressar ao estudo do Direito. Tem como linha de orientação não comentar processos ou casos concretos, menos ainda o que tenha a ver com a minha profissão, estando o meu site de Advogado aqui, nele se mantendo o mesmo critério. Estou presente também na rede social Linkedin e no Twitter.

José António Barreiros




Espanha: a questão séria das vítimas


Convenhamos, até por se tratar do portal oficial do Ministério da Justiça de Espanha, que, pelo tom de pose galhofeira e de festa, não é propriamente a mais adequada imagem para dar conta da comissão de elaboração do novo Estatuto das Vítimas de Delito, cujos princípios gerais se podem ler aqui, com menção a outros documentos relevantes sobre a matéria.
Citando:

«El proyecto constituye un catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de las víctimas
Se considera víctima a toda persona que sufra un perjuicio físico, moral o económico a consecuencia de un delito, y también a sus familiares
El objetivo es dar una respuesta jurídica y sobre todo social a través de un trato individualizado a todas las víctimas, que serán evaluadas para atender las circunstancias de su caso
Derechos de las víctimas:
Podrán recurrir la libertad condicional aunque no estén personadas en el procedimiento si la pena del delito es superior a cinco años de prisión
Se les comunicará cómo acceder a asesoramiento legal y si lo solicitan se les informará sobre todo el proceso penal (fecha de celebración del juicio, notificación de sentencias y sobreseimientos, etc.)
Podrán requerir medidas de control para garantizar su seguridad cuando el reo quede en libertad condicional
Se reducirán al máximo las declaraciones, se procurará que sea siempre la misma persona quien hable con la víctima y que esta sea de su mismo sexo
Durante el juicio se evitarán preguntas innecesarias y el contacto visual con el infractor
Las víctimas de violencia de género serán informadas de la puesta en libertad de su agresor sin que lo soliciten, salvo que manifiesten expresamente su deseo de no ser notificadas
Se protege a los menores y personas con discapacidad necesitadas de especial protección con medidas específicas encaminadas a evitar una victimización secundaria:
Se suprimirán las declaraciones que no sean imprescindibles y podrán ser grabadas para reproducirlas en el juicio
Tendrá un representante legal cuando exista conflicto de intereses con los progenitores o representantes legales
Los hijos de la pareja fallecida o desaparecida se considerarán también víctimas.»